Es lo que se conoce como litigar en causa propia, posibilidad que está contenida en el artículo 33 del Código Procesal del Trabajo: En el caso de reforma, es viable proponer la modificación de algunos aspectos precisos de la demanda auténtico, adicionando partes, variando las pretensiones del libelo, pero ello https://bookmarklayer.com/story19930389/demanda-laboral-por-no-pago-de-liquidaci%C3%B3n-no-hay-m%C3%A1s-de-un-misterio